Como empresa brindamos toda la atención y dirección a nuestros clientes.

¿Qué es lo que buscamos?

Misión

Administrar eficazmente los recursos del Fondo con oportunidad y seguridad en los procesos de Cesantia y pago, apoyados en un equipo de profesionales con amplia experiencia y calidad humana garantizando la satisfacción de los participes.

Visión

Garantizar un adecuado manejo del patrimonio previsional de nuestros partícipes, mediante una asesoría integral, trabajo honesto y con la mejor administración de sus recursos.

Nuestros Valores

Lo que mas Valoramos

Finalidad

Mejorar la protección social de los partícipes del Fondo, mediante el otorgamiento de las prestaciones de cesantía establecidas en el Estatuto en forma complementaria e independiente a la prevista por el Seguro Social Obligatorio administrado por el IESS; y, la inversión de los recursos del Fondo bajo criterios de seguridad, solvencia, diversificación del riesgo, rentabilidad y liquidez.

Antecedentes

El 9 de noviembre del 2011 se inscribió el FCPC-ESPE con la finalidad de mejorar la protección social de los partícipes del Fondo, mediante el otorgamiento de las prestaciones de cesantía establecidas en los Estatutos en forma complementaria e independiente a la prevista por el Seguro Social Obligatorio administrado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; y, la inversión de los recursos del Fondo bajo criterios de seguridad, solvencia, diversificación del riesgo, rentabilidad y liquidez.

A partir de mayo 2015 el Fondo a sumió cambios importantes debido a que su administración pasó al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social a través de su Banco(BIESS), existió cambios en la normativa de la Superintendencia de Bancos que es nuestro ente controlador, y la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.

Base Legal

De acuerdo al artículo 1 a la Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social y a la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social para la administración de los Fondos Complementarios Previsionales Cerrados publicada en Registro Oficial No.379 de 20 de noviembre de 2014, se determina que la administración le corresponde al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social a través de su Banco, siempre y cuando haya existido aporte estatal en su origen o bajo cualquier modalidad en cualquier Fondo Complementario Previsional Cerrado.

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